Compra de una vivienda: trámites después de la firma de la escritura
Una vez realizada la firma de la escritura de compra venta de la vivienda, el feliz propietario debe cumplir con las obligaciones fiscales ligadas a este acto.
En primer lugar, se actualiza la situación de la casa en el Registro de la Propiedad, siendo un trámite muy sencillo, del que suele ocuparse un gestor o en la propia notaría.
La firma de la escritura conlleva unos gastos (notaría, registro, copias de escritura) que deben pactarse para su abono entre las dos partes.
Lo más común es repartir a partes iguales dichos gastos entre la parte vendedora y la compradora.
Por su lado, el comprador debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que en la Comunidad Valenciana es del 10% del valor de la vivienda (si es menor de 35 años, pasaría a ser del 8% del valor si es primera vivienda y no supera los límites estipulados en la ley. Este impuesto también obtiene deducciones si se trata de familia numerosa o el comprador padece alguna minusvalía psíquica o física).
A partir de la fecha de compra, también se hará cargo del Impuesto de Bienes Inmuebles cada año, y el abono de la cuota del año en curso se pactará entre las 2 partes.
La Plusvalía es otro impuesto del que normalmente debe hacerse cargo la parte vendedora.
Es el momento de dar de alta los suministros del hogar con la compañía eléctrica deseada, o cambiar el titular del contrato, al igual que con la empresa de suministro de agua.
Ya tienes todo listo y en orden para disfrutar de una vida plena en tu nueva casa.