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Compra de una vivienda: trámites después de la firma de la escritura

Compra de una vivienda: trámites después de la firma de la escritura
8 mar · Información general

Una vez realizada la firma de la escritura de compra venta de la vivienda, el feliz propietario debe cumplir con las obligaciones fiscales ligadas a este acto.

En primer lugar, se actualiza la situación de la casa en el Registro de la Propiedad, siendo un trámite muy sencillo, del que suele ocuparse un gestor o en la propia notaría.
La firma de la escritura conlleva unos gastos (notaría, registro, copias de escritura) que deben pactarse para su abono entre las dos partes.

Lo más común es repartir a partes iguales dichos gastos entre la parte vendedora y la compradora.
Por su lado, el comprador debe abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que en la Comunidad Valenciana es del 10% del valor de la vivienda (si es menor de 35 años, pasaría a ser del 8% del valor si es primera vivienda y no supera los límites estipulados en la ley. Este impuesto también obtiene deducciones si se trata de familia numerosa o el comprador padece alguna minusvalía psíquica o física).

A partir de la fecha de compra, también se hará cargo del Impuesto de Bienes Inmuebles cada año, y el abono de la cuota del año en curso se pactará entre las 2 partes.
La Plusvalía es otro impuesto del que normalmente debe hacerse cargo la parte vendedora.
Es el momento de dar de alta los suministros del hogar con la compañía eléctrica deseada, o cambiar el titular del contrato, al igual que con la empresa de suministro de agua.

Ya tienes todo listo y en orden para disfrutar de una vida plena en tu nueva casa.

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